Fuente: EL Pais
El senador Guido Manini Ríos se pronunció en contra del proyecto y consideró que era “un cheque en blanco para llevar preso a alguien por una deuda”.
La Comisión de Presupuesto integrada con Hacienda del Senado aprobó la semana pasada un artículo de la Rendición de Cuentas que tipifica como delito el impago injustificado de las pensiones alimenticias. Sin embargo, ante las críticas a la propuesta, Cabildo Abierto, que había apoyado la iniciativa, decidió dar marcha atrás, por lo que el proyecto impulsado por los blancos no prosperará.
El senador Guido Manini Ríos anunció que “no se va a votar” y le comunicó “al resto de la coalición que Cabildo no va a acompañar ese proyecto”.
“Eso fue votado en comisión en las últimas instancias, cuando aparecen aditivos y sustitutivos que se agregan, y nosotros no lo habíamos estudiado porque fue medio a último momento que se presenta”, dijo Manini Ríos a radio Oriental.
Y agregó: “Lo votamos en la comisión con el compromiso de estudiarlo antes del plenario, y realmente una vez que lo estudiamos llegamos a la conclusión de que no es una buena cosa instituir la prisión por esta causa”.
El artículo aprobado en comisión con votos de blancos, colorados y cabildantes establecía lo siguiente: “El que estando obligado judicialmente al pago de una pensión alimenticia en favor de sus hijos menores, habiendo sido intimado judicialmente, omitiera prestarlo sin causas justificadas, será castigado con pena de tres a 12 meses de prisión”.
Además, el artículo 643 de la Rendición de Cuentas, agregaba que “constituye agravante de este delito el empleo de estratagemas o pretextos para sustraerse al cumplimiento del pago de la pensión alimenticia, así como quien para eludir el cumplimiento de la misma, maliciosamente destruyere, inutilizare, dañare, ocultare, o hiciere desaparecer bienes de su patrimonio o fraudulentamente disminuyere su valor, y de esta manera frustrare, en todo o en parte el cumplimiento de dichas obligaciones”.
Cabildo Abierto resolvió cambiar su voto porque considera que aprobarlo sería darle “un cheque en blanco” a los jueces.
“Existe una causal en nuestro Código (Penal) que son las omisiones a la patria potestad, que permite en un caso extremo de algún incumplimiento con agravantes la prisión para el incumplidor, o sea que no es necesario poner un artículo nuevo, y menos en estas condiciones, porque en definitiva era un cheque en blanco para que algún magistrado, de estos que suele actuar con sesgo determinado, pueda llevar preso a alguien por no cumplir con una obligación monetaria, por una deuda”, argumentó el líder de Cabildo, quien consideró que “no es lo mejor, máxime considerando la realidad de nuestro sistema carcelario”.
Los cuestionamientos al artículo no llegaron solo de parte de Cabildo Abierto. En la noche del martes, mientras diputados del Frente Amplio interpelaban a los ministros de Relaciones Exteriores, Francisco Bustillo, y Economía y Finanzas, Azucena Arbeleche, por las contrataciones en la Comisión Técnica Mixta (CTM) de Salto Grande, algunos legisladores comentaban en los pasillos del Palacio Legislativo la propuesta sobre penalizar el impago de las pensiones alimenticias, entre ellos los abogados Eduardo Lust (ex Cabildo Abierto) y Felipe Schipani (Partido Colorado). Ambos consideran que la norma violaría el artículo 52 de la Constitución, el que consagra que “nadie podrá ser privado de su libertad por deudas”.
Al respecto, Schipani dijo a El País que está de acuerdo “con el espíritu del artículo” e incluso destacó que ha presentado iniciativas para facilitar el cobro de las pensiones alimenticias, pero sostuvo que “no es la ley penal la herramienta para corregir este problema, porque (lo que se plantea) es inconstitucional”.
Plan B
Al ser advertida sobre el cambio de postura de Cabildo Abierto, la impulsora del proyecto, la senadora nacionalista Carmen Asiaín, presentó ayer en el plenario del Senado un sustitutivo, en busca de consenso.
En lugar de agregar otro artículo al Código Penal, como se planteó inicialmente, la senadora propuso ayer sustituir el referido a la omisión de los deberes de la patria potestad por el siguiente texto: “El que intencionalmente omitiere el cumplimiento de los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, la tutela, la curatela, la guarda o la pensión alimenticia judicialmente conferidas, poniendo en peligro la salud física, psíquica o emocional de las personas a su cargo, será castigado con pena de tres a doce meses de prisión”. Además, agregó algunos agravantes. Sin embargo, su intento fue infructuoso, puesto que fuentes de Cabildo Abierto informaron a El País que tampoco lo votarán.
La senadora justificó el proyecto inicial el martes en Canal 12, donde advirtió que hay jueces que comprenden que “no prestar los medios para la manutención de los hijos” constituye una “omisión de los deberes de la patria potestad”, lo que ya está tipificado como delito.
“Tanto estaba comprendido que hubo jueces que lo aplicaron. ¿Para que fuera presa la persona? No, como medida de apremio, para que la persona diga ‘voy a pagar’”, ejemplificó.
“Hay muchos que se oponen al artículo”, reconoció Asiaín en la tarde del martes, y agregó: “Jueces con los que estuvimos trabajando, tanto penales como de familia, entienden que sería una lástima no votarlo tal cual viene, porque es una herramienta útil que les ha servido, en caso de jueces penales que lo han intentado aplicar, para que el padre diga ‘voy a pagar’. Son medidas apremiantes”. Luego, reconoció que “de nada sirve mandar preso al padre, porque mucho menos va a poder pagar” las pensiones alimenticias.
La senadora destacó que el artículo 643 de la Rendición de Cuentas integra una serie de siete normas que forman parte del proyecto y que buscan un mismo objetivo: facilitar el cobro de las pensiones alimenticias y darle herramientas a los jueces para que puedan concretarlo.
Dos de esos artículos fueron votados por unanimidad, mientras que los restantes cinco con los votos de la coalición multicolor.
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